Estimado Cliente:
Informarle que de acuerdo la Ley N° 31022, los fondos provenientes del Sistema Privado de Pensiones o de los Bonos otorgados por el Gobierno Nacional, mantienen la condición de intangibles y por lo tanto no están sujetos al cobro de comisiones y/o gastos, producto de las operaciones realizadas con los mismos.
En atención a los alcances de la norma antes indicada, le informamos que Caja Arequipa ha implementado un procedimiento para la devolución inmediata de las comisiones que hubieran sido cobradas en exceso, mediante el depósito en la cuenta de ahorro que nuestro cliente tuviera vigente, sin embargo teniendo en cuenta que usted ha sido beneficiado con uno de los fondos antes indicados y que a la fecha no mantiene vigente una cuenta de ahorros, lo invitamos a apersonarse a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional, portando su DNI.
Atentamente.
Caja Arequipa